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La provincia tiene un sistema único de reglamentación de la carrera docente

Así lo establece decreto N° 3.029/12 que firmaron el gobernador Bonfatti y la ministra de Educación, Letizia Mengarelli.

Antonio Bonfatti y Letizia Mengarelli firmaron el decreto N° 3.029/12, el cual incluye: 1) un sistema único e integral de ponderación de antecedentes profesionales docentes, 2) un nuevo reglamento general de suplencias, 3) un reglamento general de concursos de titularización y ascenso para cargos y horas cátedra y 4) un reglamento general de traslados y permutas.

De esta manera, se unifica toda la normativa que ordena la carrera docente, mejorando la organización y dotando de mayor coherencia, previsibilidad y transparencia a todo el sistema educativo.

El sistema único e integral de ponderación de antecedentes profesionales docentes tiene por objetivo que todo docente, cualquiera sea el nivel o modalidad en el que se desempeñe (cargos de base, directivos y de supervisión, y horas cátedra), conozca los criterios con los cuales se pondera su desempeño en el sistema educativo provincial en lo que hace a título, antigüedad, formación continua, y otros antecedentes, así como oposición, a la hora de ser ubicados en una lista de mérito, ya sea para concursos de titularización, ascenso, o para acceder a suplencias, traslados y/o permutas.

Asimismo el nuevo régimen general de suplencias para el personal docente apunta a la cohesión de todos los niveles y modalidades del sistema educativo en este aspecto, mejorando los otorgamientos de las suplencias a través de mecanismos ágiles y transparentes.

El Reglamento general de concursos de titularización y ascenso para cargos y horas cátedra busca dar coherencia a las convocatorias de concursos para todos los niveles y modalidades del sistema educativo, relacionándolo con el régimen de ponderación de antecedentes y finalmente, el Reglamento general de traslados y permutas tiene como fin que el docente pueda tener su lugar de trabajo cerca del lugar de residencia, se estableció que el único requisito para trasladarse es ser titular en el cargo u horas cátedra del o de las horas que se pretende trasladar.