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“Jornada sobre la responsabilidad solidaria en las relaciones laborales”

En la práctica laboral se es necesario determinar si la responsabilidad solidaria del Derecho Civil es distinta a la del Derecho Laboral

La responsabilidad solidaria es aquella en la que concurren pluralidad de sujetos, unidad del objeto o prestación, con indeterminación de partes en la exigencia o en la obligación, y la existencia de una relación interna entre los acreedores o entre los deudores por virtud de la cual cada uno de ellos, frente a los demás, es sólo acreedor o deudor por su parte. Los efectos de la obligación solidaria pasiva pueden, en línea muy general, encerrarse en el siguiente principio: cada deudor solidario, frente al acreedor, es deudor por entero; frente a sus compañeros, es deudor por su parte.

Partiendo de esta base, la Universidad del Centro Educativo Latinoamericano (UCEL) organiza una “Jornada sobre la responsabilidad solidaria en las relaciones laborales”, la cual se llevará a cabo el día Viernes 1ro. de Noviembre de 16:00 a 20:00 hrs

Dentro de los principales objetivos se plantea diferenciar en la practica laboral, la responsabilidad solidaria del Derecho Civil de la del Derecho Laboral.

Más info: info@ucel.edu.ar

Imagen: gacetalaboral.com